H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla - LXI Legislatura
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Recibe Congreso del Estado Proyecto de Decreto para reformar la Constitución en materia de Guardia Nacional

Viernes, 08 Marzo 2019 20:16

1 de marzo, 2019

BOLETÍN DE PRENSA 379

Recibe Congreso del Estado Proyecto de Decreto para reformar la Constitución en materia de Guardia Nacional

• Biestro Medinilla informó que será la próxima semana cuando se analice y se vote por el Pleno de la LX Legislatura.

El presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado, Gabriel Biestro Medinilla, así como las diputadas Leonor Vargas Gallegos y Estefanía Rodríguez Sandoval, recibieron de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el expediente con el Proyecto de Decreto para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional.

De acuerdo al artículo 135 de la Constitución Federal, una vez que la Cámara de Diputados aprobó la creación de la Guardia Nacional, se requiere que ésta sea aprobada por la mayoría de las Legislaturas de los Estados.

Para cumplir con este mandato Constitucional, el diputado Gabriel Biestro Medinilla señaló que será la próxima semana cuando en sesión ordinaria, se enliste en la orden del día el Proyecto de Decreto para reformar la Constitución en Materia de Guardia Nacional, para su análisis y en su caso, aprobación.

“Se ha propuesto que el lunes entre al Pleno el Proyecto de Decreto, para su dictaminación el mismo día o bien el martes y que permita que el miércoles sea votado por las y los integrantes de la LX Legislatura”.

Biestro Medinilla confió que el Proyecto de Decreto para la creación de la Guardia Nacional pueda ser votado por unanimidad, ya que en la Cámara de Diputados se votó por una amplia mayoría, sólo con un voto en contra.

Cabe señalar que el Congreso de la Unión hará el cómputo de los votos de las Legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas mencionadas, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

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