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Presentan ante el Pleno del Congreso, iniciativa para expedir la Ley de Responsabilidad Patrimonial de Puebla y sus Municipios

Martes, 05 Noviembre 2019 00:46

4 de noviembre, 2019
BOLETÍN DE PRENSA 843

Presentan ante el Pleno del Congreso, iniciativa para expedir la Ley de Responsabilidad Patrimonial de Puebla y sus Municipios

•             El diputado Gabriel Biestro explicó que la Iniciativa tiene la intención de que se repare un daño a la o el ciudadano, causado por actividad administrativa irregular

•             Proponen que el servicio que prestan los estacionamientos en los centros, plazas comerciales y de autoservicios, sea gratuito

El Pleno de la LX Legislatura del Congreso del Estado recibió la Iniciativa de Decreto por medio de la cual se expide la Ley de Responsabilidad Patrimonial de Puebla y sus Municipios, cuya intención es fijar las bases y procedimientos para que los particulares ejerzan derecho a la indemnización por daños en cualquiera de sus bienes y derechos que se generen con motivo de la actividad administrativa irregular.

Al hacer uso de la palabra en tribuna, el diputado Gabriel Biestro Medinilla, señaló que la Ley tiene que ver con la reparación de un daño y puede ser desde afectaciones causadas por un bache, hasta la causante de la pérdida de una vida humana; por esta razón, añadió, se consideró necesario establecer una legislación vinculante para que las y los ciudadanos puedan exigir el cumplimiento de sus derechos.

Señaló que esta Ley marcará una nueva forma de gobernar en el estado y es un paso por la constante lucha de reconocer y apoyar la dignidad de la persona en cualesquiera que sean sus circunstancias y en particular en aquellas en las que el estado esté inmerso.

De acuerdo con las disposiciones generales de la Iniciativa, la responsabilidad patrimonial es objetiva y directa. La indemnización deberá ajustarse a los términos y condiciones señalados en esta Ley y en las disposiciones legales a que la misma hace referencia.

Además, todos los entes públicos en su respectivo portal de Internet deberán informar del derecho que otorga a los particulares esta Ley para ser indemnizados en caso de ser afectados en sus bienes o derechos, a consecuencia de la actividad administrativa irregular de cualquiera de las autoridades ya señaladas.

Entre otras cosas, la propuesta expone que para que proceda el pago indemnizatorio por la actividad irregular del Estado, deben concurrir los siguientes requisitos:

1.-La existencia de un daño. Dicho daño debe ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación con una o varias personas.

2. Que el daño sea imputable a la Administración Pública, por ser efecto de su actividad administrativa irregular, la cual puede consistir en la prestación deficiente de cualquier servicio público.

3. El nexo causal entre el daño y la actividad de la Administración Pública.

La Iniciativa de Decreto fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y resolución procedentes.

BUSCAN ELIMINAR TARIFA DE COBRO EN ESTACIONAMIENTOS DE CENTROS COMERCIALES

Por otra parte, los diputados Raymundo Atanacio Luna y Gabriel Biestro Medinilla, junto con la legisladora Mónica Lara Chávez, presentaron una Iniciativa de Decreto por virtud del cual se adiciona un segundo párrafo a la fracción XVIII del artículo 16 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla.

Al hacer uso de la palabra, el diputado Raymundo Atanacio Luna explicó que, entre otras cosas, se busca eliminar la tarifa que cobran los estacionamientos en plazas y centros comerciales, toda vez esta que termina siendo un negocio poco favorecedor para los consumidores, quienes se ven en la necesidad de hacer uso de este servicio.

Por lo anterior, la propuesta de modificación quedaría de la siguiente manera “expedir las autorizaciones, licencias, constancias de uso del suelo y permisos de las diversas acciones urbanísticas para construcciones, fraccionamientos, subdivisiones, segregaciones, fusiones, relotificaciones y condominios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley, su reglamento, planes y programas de desarrollo urbano, sus correspondientes reservas, usos del suelo y destinos de áreas y predios, y demás disposiciones jurídicas aplicables”.

De la misma forma se propone “expedir autorizaciones, licencias y constancias, así como vigilar, supervisar, inspeccionar, y dar seguimiento a efecto de garantizar que el servicio que prestan los estacionamientos en los centros, plazas comerciales y de autoservicio, se proporcione de forma completa, total y absolutamente gratuita”.

La Iniciativa de Decreto fue turnada a la Comisión de Desarrollo Urbano para su estudio y resolución procedentes.

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