H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla - LXI Legislatura
Primer año de Ejercicio Constitucional
Av. 5 Poniente #128, Centro Histórico
Mesón del Cristo Av. 8 Oriente #216, Centro Histórico
Puebla, Pue. CP 72000
Teléfono 222 372 11 00
Teléfono 01 800 522 22 34

LX Legislatura aprueba que TSJ explique licencia otorgada al magistrado Mancilla Amaro

Martes, 27 Noviembre 2018 02:08

26 de noviembre, 2018

BOLETÍN DE PRENSA 174


LX Legislatura aprueba que TSJ explique licencia otorgada al magistrado Mancilla Amaro

•             El Poder Legislativo no puede invadir esferas que no les corresponden, sostiene Alejo Domínguez

•             No se está trasgrediendo la esfera de facultades, pues conforme a la Constitución, todo acto de la autoridad, debe estar perfectamente motivado y fundado: Biestro

•             Llama la atención que el Poder Judicial no haya respetado el procedimiento y que no fundamente la licencia otorgada, sostiene Morena

•             El oficio presentado, no fundamenta los motivos y las razones para la aprobación de la ausencia del funcionario, dice Tonantzin Fernández

Por mayoría de votos, el Pleno de la LX Legislatura del Congreso del Estado, aprobó el acuerdo donde se solicita al presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Héctor Sánchez Sánchez, remita un informe detallado del expediente que contiene la solicitud de licencia del magistrado Israel Mancilla Amaro, para separarse del cargo por más de 30 días.

Al hacer uso de la palabra, el diputado Hugo Alejo Domínguez, integrante del Grupo Legislativo del partido Acción Nacional, consideró que el Poder Judicial es distinto al Poder Legislativo, por lo que estimó que no se pueden invadir esferas que no les corresponden.

Del mismo modo, se pronunció por el respeto que se debe tener entre los poderes y las propias instituciones, para que las determinaciones que se toman en esta Soberanía, no sean sujetas de observaciones por parte de otras instancias o señalamientos por no cumplir adecuadamente lo que está dentro de su competencia.

Al votar a favor del dictamen, el diputado Gabriel Biestro Medinilla, coordinador del Grupo Legislativo del partido Movimiento Regeneración Nacional, consideró que el dictamen es correcto y pulcro y dejó en claro que sólo se trata de rendir un informe detallado al Poder Legislativo, como se haría en caso de que la solicitud fuera a la inversa.

Dejó en claro que no se está trasgrediendo la esfera de facultades y más que conforme a la Constitución, todo acto de la autoridad debe estar perfectamente motivado y fundado, que en el caso de la licencia del magistrado Mancilla Amaro, no lo está, pues fueron 31 días los que se ausentó de sus funciones, por lo que dicha licencia tenía que haber sido remitida y autorizada al Poder Legislativo.

En su oportunidad, la diputada María del Carmen Cabrera Camacho, integrante del Grupo Legislativo del partido Morena, destacó que llama la atención que en este caso el Poder Judicial no haya respetado el procedimiento y que no fundamente la licencia otorgada al magistrado Israel Mancilla Amaro.

Pidió al Pleno, no confundir el mensaje de que el Poder Legislativo intenta invadir otras esferas de competencia, pues esta solicitud al Poder Judicial, se hace con la finalidad de poder aclarar cuáles fueron los motivos que fundamentaron esta licencia al magistrado Mancilla Amaro, toda vez que de los documentos que obran en el Poder Legislativo, se determina que la ausencia del funcionario, no está motivada, tanto en el procedimiento del permiso, como en la propia solicitud.

En tanto en su exposición de motivos, la diputada Tonantzin Fernández Díaz, integrante del Grupo Legislativo del partido Movimiento Regeneración Nacional, afirmó que la licencia otorgada al magistrado Mancilla Amaro se constituye en error grave del Poder Judicial que contraviene la aplicación de la Ley, pues el término de la ausencia del funcionario superó los 30 días.

Esta incidencia, afirmó, conlleva a que la licencia tenía que haber sido otorgada por el Congreso del Estado y no al Pleno del Tribunal Superior de Justicia, sin dejar de considerar que el oficio presentado, no fundamenta los motivos y las razones para la aprobación de la ausencia del funcionario, es decir, la fundamentación es deficiente.

La presente resolución fue turnada al presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla en los términos planteados.

Galería de imágenes