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Aprueban reformas a la Ley Orgánica Municipal para prohibir participación de partidos políticos en plebiscitos de Juntas Auxiliares

Sábado, 22 Diciembre 2018 00:04

20 de diciembre, 2018

BOLETÍN DE PRENSA 248

Aprueban reformas a la Ley Orgánica Municipal para prohibir participación de partidos políticos en plebiscitos de Juntas Auxiliares

 

  • “Las reformas a la Ley permitirán que se respete el ejercicio ciudadano en los procesos de renovación en Juntas Auxiliares, alejado de los intereses partidistas: Biestro Medinilla

 

 

La Comisión de Asuntos Municipales que preside el diputado Valentín Medel Hernández (PT) aprobó por mayoría el Dictamen con Minuta de Decreto para reformar el artículo 225 de la Ley Orgánica Municipal, con el propósito de prohibir el apoyo o postulación por parte de los partidos políticos en los procesos de consulta de las o los candidatos, de las 611 Juntas Auxiliares de la entidad.

 

El diputado Gabriel Biestro Medinilla (Morena), quien presentó la Iniciativa de Reformas a la Ley,  señaló que ante la falta de una regulación efectiva, se debe prohibir la participación de los partidos políticos dentro de los procesos de renovación de las Juntas Auxiliares,  como un acto de prudencia, ya que se habla de una consulta ciudadana y no una elección constitucional de autoridades, que tiene una naturaleza distinta.

 

“Por eso pugnamos porque se respete un verdadero ejercicio ciudadano, alejado de los intereses partidistas, ya que de lo contrario se tendrían que analizar aspectos de fiscalización del gasto, de tiempos de campaña, de veda electoral; quitando con esto, la esencia de un ejercicio ciudadano”, subrayó Biestro Medinilla.

 

El coordinador del Grupo Legislativo de Morena explicó que esto no es sólo un acto de certeza política, sino un acto de legalidad, toda vez que en ninguna de las legislaciones en materia electoral federal o de carácter local, se desprende una facultad propia de los partidos políticos para participar en dicha clase de contiendas, ya que no existe regulación en la Ley General de Partidos Políticos, ni el reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral”.

 

Biestro Medinilla solicitó incorporar, dentro de los artículos transitorios, un artículo tercero donde se especifica la notificación de los Ayuntamientos y Concejos Municipales del Estado de Puebla, del presente Decreto.

 

En este sentido, el diputado Valentín Medel Hernández (PT) y José Miguel Trujillo de Ita (Encuentro Social), reiteraron la necesidad de garantizar la apertura a todos los ciudadanos y respetar sus derechos políticos, evitando que los partidos políticos sean los únicos que abanderen la participación de las personas que habitan en las diversas juntas auxiliares de la entidad.

 

Por su parte el diputado Jonathan Collantes Cabañas (Nueva Alianza), quien votó en contra de las reformas a la Ley, señaló que en su momento el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, del sexto circuito, presentó criterios en el sentido de que la convocatoria emitida para la celebración de plebiscitos, constituye un acto reclamado que se relaciona con derechos políticos electorales, por lo que suprimir la aplicación de la normativa en materia electoral, es contrario al criterio de ese órgano jurisdiccional.

 

En este sentido, la legisladora Tonantzin Fernández Díaz (Morena) señaló que los plebiscitos, al ser un ejercicio ciudadano, no contravienen ninguna jurisprudencia por lo que las reformas a la Ley garantizan la participación ciudadana de una forma libre, sin que estén afiliados a un partido político para representar a sus Juntas Auxiliares, lo que habla de una inclusión ciudadana.